Mediante un Boletín Oficial, la ANMAT prohibió la comercialización de unas galletas para celíacos y un aceite de oliva.
La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) prohibió la venta de dos productos.
A través del decreto 6212/2024, el documento dejó sin efecto la venta del aceite de oliva virgen extra “Oro verde” de la empresa Agrorganik en la provincia de La Rioja.
De acuerdo al texto publicado, el producto “carece de registros sanitarios de establecimiento y producto, además de estar falsamente rotulado al exhibir en sus rótulos registros sanitarios inexistentes, resultando ser en consecuencia productos ilegales”. De esta manera, el Poder Ejecutivo estableció la prohibición de su venta en todo el territorio nacional.
Por último, la Disposición 6325/2024 prohibió la comercialización de las “galletitas de arroz integral libre de gluten, dulces, endulzadas con Stevia” y las “de arroz integral libre de gluten, saladas, con sal marina” de la marca Thiso Roz.
El argumento fue que estaban “falsamente rotulados al exhibir en el rótulo el símbolo ‘Sin T.A.C.C.’ (NdR: Sin Trigo, Avena, Cebada y Centeno) sin contar con la autorización correspondiente para tal atributo”.